CONDICIONES GENERALES

 

Vadobag Europe B.V., número de registro de la Cámara de Comercio 53130928,  Technopol 33, 5026 SB Tilburg, Países Bajos. 

 

Artículo 1 Definiciones

En estas condiciones generales se entiende por:

'comprador': la contraparte de Vadobag. Esta parte puede ser un comprador de bienes y/o un cliente de Vadobag.

'consumidor': un comprador que es una persona física y que no actúa en el ejercicio de una empresa o profesión. Vadobag no contrata con consumidores.

'entrega': la entrega efectiva de los bienes a ser entregados al comprador.

'UE': Unión Europea, los estados miembros en 2015.

'por escrito': también se entiende por fax o correo electrónico.

'Vadobag': Vadobag Europe B.V..

  

Artículo 2 Extensión de personas protegidas – cláusula para terceros

Estas condiciones generales también están estipuladas en beneficio de los directores y accionistas (in)directos de Vadobag, así como de todas las personas que trabajan para Vadobag, incluidos los terceros contratados. Pueden invocar estas condiciones como si fueran Vadobag.

 

Artículo 3 Ofertas y formación del acuerdo

Entre Vadobag y el comprador se forma un acuerdo tan pronto como Vadobag lo confirme por escrito al comprador, o si Vadobag ha comenzado a ejecutarlo.

 

Artículo 4 Requisitos técnicos - área de entrega

1. Vadobag entrega conforme a la normativa 'REACH' y la Directiva General de Seguridad de los Productos (2001/95/CE). Si los bienes a entregar o a producir deben cumplir con otros requisitos técnicos o normas que los amplíen, el comprador debe informarlo explícita y previamente por escrito antes de la formación del acuerdo. Las desviaciones pueden afectar al precio y a los plazos de entrega. La reventa de productos de Vadobag fuera de la UE por parte del comprador o de un tercero está prohibida debido a las restricciones de licencia y el artículo 18 párrafo 1 (Responsabilidad).

 

2. Los requisitos técnicos impuestos por el comprador a los bienes a entregar o a producir que difieran de los requisitos habituales en el sector deben ser comunicados explícitamente por el comprador al formar el acuerdo.  

 

Artículo 5 Muestras, modelos y ejemplos

Si Vadobag ha mostrado o proporcionado un modelo, muestra o ejemplo, se presume que solo se ha mostrado o proporcionado a modo de indicación: las características de los bienes a entregar o a producir pueden diferir de la muestra, modelo o ejemplo, a menos que se haya indicado expresamente que se entregará o producirá conforme a la muestra, modelo o ejemplo mostrado o proporcionado.

 

Artículo 6 Ejecución del acuerdo

1. Vadobag tomará el cuidado de un buen contratista al ejecutar el acuerdo.

 

2. Todas las órdenes del comprador se consideran otorgadas y aceptadas exclusivamente por Vadobag, con exclusión del artículo 7:404 y del artículo 7:407 párrafo 2 del Código Civil Holandés. Vadobag determina qué persona o personas, incluidos los terceros, ejecutarán el acuerdo. Vadobag también determina la manera y los medios con los que se ejecutará el acuerdo. Se tomarán en cuenta tanto como sea posible los deseos y las indicaciones razonables del comprador, siempre que a juicio de Vadobag esto favorezca la ejecución oportuna y correcta del encargo.

 

3. El comprador se asegurará de que todos los datos que Vadobag indique como necesarios o que el comprador deba razonablemente comprender como necesarios para la ejecución del acuerdo se proporcionen a Vadobag de manera oportuna. Si los datos necesarios para la ejecución del acuerdo no se proporcionan a Vadobag de manera oportuna, Vadobag tiene derecho a suspender la ejecución del acuerdo y/o a cobrar al comprador los costes derivados del retraso.

 

4. Vadobag no es responsable de ningún daño, de cualquier naturaleza, causado por el hecho de que Vadobag se haya basado en datos incorrectos y/o incompletos proporcionados por el comprador, a menos que esta inexactitud o incompletitud fuera o debiera haber sido evidente para Vadobag.

 

5. Si se ha acordado que el acuerdo se ejecutará en fases, Vadobag puede suspender la ejecución de aquellas partes que pertenezcan a una fase posterior hasta que el comprador haya aprobado por escrito y/o pagado los resultados de la fase anterior.

 

Artículo 7 Entrega y duración del contrato

1. La entrega de los bienes comprados se realizará mediante la puesta a disposición en el almacén de Vadobag ('Ex Works'). Dentro de la UE, es posible la entrega de los bienes comprados por Vadobag 'Franco Casa', pero siempre por cuenta y riesgo del comprador. Los bienes están asegurados por Vadobag durante el transporte bajo condiciones habituales por daños, pérdida y robo. Vadobag nunca es responsable de las consecuencias de una entrega retrasada.

 

2. El comprador está obligado a aceptar los bienes comprados en el momento en que se le entreguen. Si el comprador se niega a aceptar la entrega o es negligente al proporcionar la información o instrucciones necesarias para la entrega, los bienes serán transportados y almacenados, en Vadobag o en un tercero, a costa y riesgo del comprador.

 

3. Vadobag establecerá el tiempo de entrega y/o el plazo de ejecución de manera aproximada, a menos que se acuerde expresamente lo contrario. Vadobag asume, al establecerlo, que puede ejecutar el acuerdo bajo las circunstancias que le sean conocidas en ese momento. En caso de entrega o ejecución no oportuna, el comprador deberá notificar por escrito a Vadobag en mora.

 

4. Vadobag tiene permitido entregar los bienes vendidos en partes. Esto no se aplica si una entrega parcial no tiene valor independiente. Si los bienes se entregan en partes, Vadobag tiene el derecho de facturar cada parte por separado.

 

5. Condiciones de entrega por país

Otros países: El valor mínimo de pedido para otros países es de 500 €. Para obtener información adicional sobre los gastos de envío, envíe un correo electrónico a salessupport@vadobag.nl. ¡ATENCIÓN! Los gastos de envío pueden variar según el volumen de los productos.

 

Artículo 8 Cambios en los bienes a entregar

Vadobag está autorizada a entregar bienes que difieran de lo acordado si se trata de cambios en los bienes a entregar, el embalaje o la documentación asociada que sean necesarios para cumplir con las disposiciones legales aplicables, los requisitos de licencia o si se trata de cambios menores que representen una mejora.

 

Artículo 9 Modificación del acuerdo

1. Si durante la ejecución del acuerdo resulta necesario modificar o complementar las actividades a realizar para una ejecución adecuada, las partes ajustarán el acuerdo en consecuencia de manera oportuna y en consulta mutua.

 

2. Si las partes acuerdan modificar o complementar el acuerdo, el momento de finalización de la ejecución puede verse afectado. Vadobag informará al comprador lo antes posible.

 

3. Si la modificación o complemento del acuerdo tiene consecuencias financieras y/o cualitativas, Vadobag informará al comprador con antelación. Si se ha acordado un precio fijo, Vadobag indicará en qué medida la modificación o complemento del acuerdo implicará una excedencia de este precio.

 

Artículo 10 Propiedad intelectual

1. Todos los documentos proporcionados por Vadobag, como muestras, asesoramientos, diseños, bocetos, dibujos, fotos, soportes de datos, están destinados exclusivamente para ser utilizados por el comprador en el contexto de la oferta y/o acuerdo y no deben ser reproducidos, publicados o puestos a disposición de terceros por él sin el permiso previo de Vadobag.

 

2. Vadobag se reserva los derechos y facultades que le corresponden en virtud de la Ley de Derechos de Autor.

 

3. Vadobag también se reserva el derecho de utilizar el conocimiento adquirido durante la ejecución de las actividades para otros fines distintos a la ejecución del acuerdo, siempre que no se divulgue información confidencial a terceros.

 

Artículo 11 Terminación y disolución por acuerdo mutuo

1. En la medida en que se trate de un contrato de servicios, el comprador puede rescindir el contrato por escrito, o de la misma manera en que se celebró el contrato, pero solo por razones graves según lo dispuesto en el art. 7:408 párrafo 2 del Código Civil.

 

2. En caso de terminación anticipada por razones graves, el comprador deberá pagar una parte del precio razonablemente determinada, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 7:411 del Código Civil.

 

3. Si Vadobag permite al comprador devolver los bienes comprados contra reembolso del precio de compra, el comprador está obligado a indemnizar a Vadobag por cualquier daño patrimonial sufrido, como pérdida sufrida, pérdida de ganancias y costos incurridos. La indemnización por daños debida por el comprador se fija en el 35% del precio de compra, sin perjuicio de la posibilidad de Vadobag de reclamar una compensación completa por los daños.

 

Artículo 12 Seguridad

1. Vadobag se reserva la propiedad de todos los bienes entregados y por entregar al comprador con respecto a reclamaciones relativas a la contraprestación por bienes entregados o por entregar a el comprador en virtud del acuerdo o por trabajos realizados o por realizar a favor del comprador en virtud de tal acuerdo, así como con respecto a las reclamaciones por incumplimiento de dichos acuerdos.

 

2. Los bienes entregados por Vadobag, que están sujetos a la reserva de dominio de acuerdo con el párrafo 1, no deben ser procesados ni revendidos por el comprador, ni siquiera en el curso normal de los negocios del comprador.

 

3. Si el comprador no cumple con sus obligaciones o si existe un temor fundado de que no lo hará, Vadobag tiene el derecho de recuperar los bienes entregados a los que se aplica la reserva de dominio mencionada en el párrafo 1 del comprador o de terceros que tengan esos bienes para el comprador. El comprador está obligado a cooperar en esto bajo pena de una multa del 10% de lo que debe por día.

 

4. El comprador está obligado a marcar los bienes entregados bajo reserva de dominio de Vadobag con indicaciones de que estos bienes fueron entregados a través de y, por lo tanto, son propiedad de Vadobag, en ausencia de lo cual se presume que todos los bienes de ese tipo presentes en el comprador son propiedad de Vadobag.

 

5. El comprador está obligado frente a Vadobag a proporcionar, a primera solicitud de Vadobag, (seguridad adicional) para todas las reclamaciones existentes y futuras de Vadobag contra el comprador.

 

Artículo 13 Defectos

1. El comprador debe examinar los bienes comprados al momento de la entrega o tan pronto como sea posible después de la misma. En este examen, el comprador debe verificar si lo entregado cumple con el acuerdo, a saber:

- si se han entregado los bienes correctos;

- si los bienes entregados cumplen con la cantidad acordada (por ejemplo, el número y la cantidad);

- si los bienes entregados cumplen con los requisitos de calidad acordados o, en su defecto, con los requisitos que pueden esperarse para un uso normal y/o fines comerciales;

 

2. Si se encuentran defectos o carencias visibles, el comprador debe informarlo por escrito a Vadobag dentro de los 14 días posteriores a la entrega a través de complaints@vadobag.nl, so pena de caducidad del derecho.

 

3. Los defectos no visibles deben ser reportados por escrito a Vadobag dentro de los 14 días posteriores a su descubrimiento, pero a más tardar dentro de un año después de la entrega, a través de complaints@vadobag.nl, so pena de caducidad del derecho.

 

4. Las reclamaciones sobre el trabajo realizado deben ser notificadas por el comprador por escrito a Vadobag dentro de los 14 días posteriores a su descubrimiento, pero a más tardar dentro de un año después de la finalización del trabajo en cuestión, a través de complaints@vadobag.nl, so pena de caducidad del derecho.

 

5. Si una reclamación es fundada, Vadobag realizará el trabajo según lo acordado y/o, a su discreción, ofrecerá acreditar o entregar nuevamente los bienes, a menos que esto último ya no tenga sentido para el comprador. Esto último debe ser demostrado razonablemente por el comprador. Si realizar el servicio acordado o acreditar o entregar nuevamente los bienes ya no es posible o significativo, Vadobag solo será responsable dentro de los límites del artículo 18 (Responsabilidad).

 

Artículo 14 Aumento de precios

Si Vadobag acuerda un precio específico con el comprador, Vadobag aún está autorizada a aumentar el precio: Vadobag puede cobrar el precio vigente al momento de la entrega según su lista de precios en ese momento. Si el aumento de precio es superior al 5%, el comprador tiene derecho a rescindir el contrato.

 

Artículo 15 Pago

1. Las facturas de Vadobag deben ser pagadas por el comprador dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la factura mediante transferencia bancaria en Euros.

 

2. Los pagos realizados por el comprador se aplicarán primero a todos los intereses y costos adeudados, luego a las facturas exigibles para las cuales la reserva de propiedad ya ha expirado, y finalmente a las facturas más antiguas, incluso si el comprador indica lo contrario en el pago.

 

3. Si el comprador incurre en mora respecto a una obligación de pago con Vadobag, el comprador deberá pagar intereses sobre el monto exigible conforme a la tasa de interés comercial legal más un 4%, con un mínimo del 12% anual.

 

4. Vadobag siempre está autorizada a compensar cualquier monto que tenga contra el comprador, ya sea exigible o no, con una posible contrademanda del comprador. El comprador no está autorizado a compensar sus posibles reclamos contra Vadobag sin el permiso de Vadobag. El comprador no tiene derecho a ningún derecho de retención contra Vadobag.

 

Artículo 16 Exigibilidad de reclamaciones & suspensión/rescisión

Todas las reclamaciones de Vadobag contra el comprador son inmediatamente exigibles si:

-    el comprador incurre en mora respecto a cualquiera de sus obligaciones con Vadobag;

-   después de la celebración del contrato, Vadobag se entera de circunstancias que dan buenas razones para temer que el comprador no cumplirá con sus obligaciones;

-    el comprador incurre en mora respecto a sus obligaciones con su banco (de domicilio);

-   la solicitud de suspensión, quiebra o una forma de saneamiento de deudas del comprador, o un embargo contra el comprador sobre una parte sustancial de los bienes del comprador o sobre bienes que se encuentran en posesión del comprador y que pertenecen a Vadobag;

En los casos mencionados, Vadobag está autorizada a suspender la ejecución posterior del contrato o a rescindir el contrato, sin perjuicio del derecho a reclamar daños y perjuicios.

 

Artículo 17 Costos de cobranza

1. En caso de que el comprador incurra en mora con respecto a una obligación de pago que tenga hacia Vadobag, el comprador, después de un recordatorio de pago de Vadobag, está obligado a reembolsar los costos extrajudiciales de Vadobag. Estos costos se fijan en el 15% del monto adeudado, con un mínimo de € 500,00, sin perjuicio del monto de una condena en costas legales en caso de cobro judicial después de una disputa.

 

2. El comprador está obligado a pagar a Vadobag los costos judiciales en todas las instancias realizados por Vadobag para obtener el pago, salvo que el comprador demuestre que son irrazonablemente altos.

 

Artículo 18 Responsabilidad

1. Vadobag está asegurada por daños que ocurran dentro de la UE y que estén relacionados con los bienes entregados por ella o la ejecución de trabajos hasta un máximo de 2,5 millones de euros por reclamo y € 5 millones de euros por año.

 

2. Toda la responsabilidad de Vadobag está limitada al monto de la compensación pagada por su seguro en la medida en que dicha responsabilidad esté cubierta por su seguro, más el deducible aplicable.

 

En caso de que el seguro no proporcione cobertura en algún caso o no pague una indemnización, la responsabilidad de Vadobag está limitada a un máximo de dos veces el valor de la factura.

 

3. No se consideran para indemnización:

- daños empresariales/consecuentes, incluidos, por ejemplo, daños por estancamiento y pérdida de beneficios;

- daños causados por intención o imprudencia deliberada de terceros;

- En el contexto del artículo 13 (Defectos), los costos incurridos por el comprador dentro del período de reparación de Vadobag (por ejemplo, costos de control/envío).

 

4. Las limitaciones anteriores no se aplican si el daño es causado por intención o imprudencia deliberada de Vadobag.

 

5. Vadobag está autorizada a aceptar, en nombre del comprador, las limitaciones de responsabilidad de terceros. Toda responsabilidad por deficiencias de estos terceros está limitada al monto que el comprador podría haber recibido en una reclamación directa contra ese tercero.

 

6. El comprador exime a Vadobag de cualquier reclamo de terceros relacionado con o derivado del contrato ejecutado por Vadobag, en la medida en que Vadobag no sea responsable frente al comprador según lo estipulado en este artículo.

 

Artículo 19 Fuerza Mayor

1. Se entiende por fuerza mayor una falla de Vadobag que es (parcialmente) causada por circunstancias que no pueden atribuirse a Vadobag y que no eran previsibles. Estas circunstancias incluyen: estancamiento en proveedores u otros terceros -como transportistas (marítimos)- de los que depende Vadobag; huelgas o interrupciones laborales; el clima; disturbios grandes y pequeños; terremotos; incendios; pérdida o robo de herramientas o maquinaria; una escasez general de materias primas necesarias y/u otros bienes o servicios necesarios para realizar el rendimiento acordado; bloqueos de carreteras; y restricciones de importación o comerciales.

 

2. Vadobag también tiene derecho a invocar fuerza mayor si la circunstancia que impide el cumplimiento (adicional) ocurre después de que Vadobag debería haber cumplido con su obligación.

 

3. Durante la fuerza mayor, se suspenden las obligaciones de entrega y otras obligaciones de Vadobag. Si el período durante el cual el cumplimiento de las obligaciones por parte de Vadobag no es posible debido a la fuerza mayor dura más de 10 días hábiles, ambas partes tienen derecho a rescindir el contrato sin que exista en ese caso una obligación de indemnización.

 

4. Si Vadobag ya ha cumplido parcialmente con sus obligaciones al momento de la fuerza mayor, o solo puede cumplir parcialmente con sus obligaciones, tiene derecho a facturar la parte entregada o entregable por separado y el comprador está obligado a pagar esta factura como si fuera un contrato separado. Sin embargo, esto no se aplica si la parte entregada o entregable no tiene un valor independiente.

 

Artículo 20 Ley aplicable y tribunal competente

1. En la relación legal entre Vadobag y el comprador, se aplica la ley neerlandesa, excluyendo el Convenio de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías.

 

2. Solo el tribunal neerlandés es competente para conocer de cualquier disputa entre el comprador y Vadobag. El tribunal de Breda tiene jurisdicción exclusiva, salvo aplicabilidad del art. 93 del Código de Procedimiento Civil.

 

3. Sin embargo, Vadobag conserva la facultad de citar al comprador ante el tribunal competente del lugar de residencia del comprador.